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EL ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE
Al adoptarse la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948, el derecho a una
vivienda adecuada pasó a formar parte del conjunto de normas jurídicas internacionales de
derechos humanos universalmente aplicables y universalmente aceptadas. Desde entonces se
ha reafirmado este derecho en un gran número de instrumentos de derechos humanos, todos
los cuales son importantes para distintos grupos de la sociedad. El derecho a una vivienda
adecuada se reconoce explícitamente por lo menos en 12 textos aprobados y proclamados por
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las Naciones Unidas.
En muchos de los instrumentos que reconocen el derecho a una vivienda adecuada se señala
que se trata de un derecho que corresponde a todos. Esto es importante porque aunque en
otros textos se menciona el derecho a una vivienda adecuada con referencia a determinados
grupos (con lo que se otorga mayor protección jurídica a dichos grupos), en última instancia
la vivienda adecuada es un derecho que asiste de todo niño, mujer u hombre, en todas
partes. En el párrafo 1 del artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos se
proclama que:
34 Vid.p.e.,Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) y su Protocolo Facultativo
(2008) y Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969).
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