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EL ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE












                  Al  adoptarse  la  Declaración  Universal  de  Derechos  Humanos  en  1948,  el  derecho  a  una
                  vivienda adecuada pasó a formar parte del conjunto de normas jurídicas internacionales de

                  derechos humanos universalmente aplicables y universalmente aceptadas. Desde entonces se

                  ha reafirmado este derecho en un gran número de instrumentos de derechos humanos, todos

                  los cuales son importantes para distintos grupos de la sociedad. El derecho a una vivienda
                  adecuada se reconoce explícitamente por lo menos en 12 textos aprobados y proclamados por

                                      34
                  las Naciones Unidas.

                  En muchos de los instrumentos que reconocen el derecho a una vivienda adecuada se señala
                  que se trata de un derecho que corresponde a todos. Esto es importante porque aunque en

                  otros textos se menciona el derecho a una vivienda adecuada con referencia a determinados

                  grupos (con lo que se otorga mayor protección jurídica a dichos grupos), en última instancia
                  la  vivienda  adecuada  es  un  derecho  que  asiste  de  todo  niño,  mujer  u  hombre,  en  todas

                  partes. En el párrafo 1 del artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos se

                  proclama que:






                  34  Vid.p.e.,Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) y su Protocolo Facultativo
                  (2008) y Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969).







                  

















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