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ÉTAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS RELACIONES FAMILIARES












                  emergencia de familias de elección, en las que las personas forman un círculo de afinidad que
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                  puede o no involucrar a niños, con un fuerte significado simbólico para sus miembros .


                  En consecuencia, la opacidad de la noción de familia genera dos consecuencias. De un lado,

                  opera  como  un  facilitador  para  el  reconocimiento  de  nuevas  formaciones  familiares,
                  dinámicas y en permanente configuración. De otro lado, la opacidad de la noción de familia

                  nos recuerda  la limitada capacidad del Derecho para  proveer  un  concepto  jurídico  de ella,

                  compatible con distintas concepciones específicas sobre la familia. Es decir, el Derecho puede,

                  con  suerte,  identificar  un  conjunto  de  características  o  atributos  básicos  de  aquella
                  institución  social  que  llamará  familia.  Con  todo,  la  interpretación  específica  de  las

                  características y atributos de “la familia” será función de las distintas concepciones que sobre

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                  ellas y ellos se tenga .


                  Es en esta materia donde el Derecho de Familia de las sociedades democráticas y el propio

                  Derecho  Internacional  de  los  Derechos  Humanos,  han  contribuido  de  manera
                  particularmente decidida. Así, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante,

                  la “Corte IDH”), siguiendo a su par Europea, ha sostenido que en la Convención Americana

                  no se encuentra determinado un concepto cerrado de familia, ni mucho menos se protege

                  sólo un modelo “tradicional” de la misma. A su vez, el Tribunal ha reiterado que el concepto
                  de  vida  familiar  no  está  reducido  únicamente  al  matrimonio  y  debe  abarcar  otros  lazos


                  59  ELLICKSON R. The Household: Informal Order Around the Heart. Princeton, Princeton University Press,
                  2010.
                  60   Sigo acá, la distinción entre  concepto y concepciones formulada por H.L.A. Hart y por John Rawls.  Cfr.,
                  HART H.L.A. The Concept of Law. Oxford, The Clarendon Press, 1961, pp. 155-159 y; RAWLS J. Teoría de la
                  Justicia. 2ª ed. Ciudad México, Fondo de Cultura Económica, 1995, p. 19.












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