Page 159 - El État de los derechos humanos en las relaciones familiares
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ÉTAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS RELACIONES FAMILIARES












                         El hecho de tener representantes significa que el principio original democrático de la
                  Isegoría se pierde en favor de la asamblea para que represente al ciudadano. La iniciativa que

                  el sistema democrático le había concedido al ciudadano, ahora se debe perder a favor de la

                  practicidad;  resulta  verdaderamente  desconsolador  que  otro  decida  por  mí,  apoyado

                  únicamente en la imposibilidad logística. De todas formas la realidad es que no tenemos otra
                  opción, es manifiesto que la única forma de “coordinar racionalmente” nuestras acciones en

                  busca  del  “consenso”,  es  por  medio  de  la  democracia  representativa.  Ya  afirmaba  Kelsen

                  (2002):


                             Sólo en la democracia directa, que, dada la magnitud de los Estados modernos y la

                             diversidad de sus fines no puede encarnar en ninguna forma política viable, es
                             factible  la  creación  de  la  ordenación  social  por  acuerdo  de  la  mayoría  de  los

                             titulares de los derechos políticos mediante el ejercicio de éstos en la asamblea.

                             La democracia del Estado moderno es una democracia mediata, parlamentaria,
                             en la cual la voluntad colectiva que prevalece es la determinada por la mayoría de

                             aquellos que han sido elegidos por la mayoría de los ciudadanos. (p. 33)


                  De este modo, se deduce que, aún de algún modo más que en la antigüedad, el derecho al

                  voto,  la  libertad  de  sufragar  y  la  posibilidad  de  ser  elegido,  suponen  unas  libertades
                  inquebrantables. La formación del grupo plural conformado por ciudadanos electos a través

                  del sufragio libre e igual por la mayoría del pueblo constituye la “ficción de la representación”

                  (Kelsen, 2002, pp. 37-39). El parlamento es una ficción de representante del pueblo. En la
                  medida que un cuerpo colegiado no es verdaderamente un representante del individuo, sino

                  que  es  representante  de  los  ciudadanos,  se  llega,  a  diferencia  de  los  cuerpos  que















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