Page 410 - El État de los derechos humanos en el desarrollo sostenible
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EL ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE
y recuperación de los bienes ambientales deteriorados; e) el principio de mejora,
en cuya virtud se busca maximizar los beneficios de los bienes ambientales en pro
del disfrute humano; f) el principio precautorio, que comporta adoptar medidas de
cautela y reserva cuando exista incertidumbre científica e indicios de amenaza
sobre la real dimensión de los efectos de las actividades humanas sobre el
ambiente; y, g) el principio de compensación, que implica la creación de
mecanismos de reparación por la explotación de los recursos no renovables.
19. En lo que respecta al principio de desarrollo sostenible o sustentable, constituye
una pauta basilar para que la gestión humana sea capaz de generar una mayor
calidad y condiciones de vida en beneficio de la población actual, pero
manteniendo la potencialidad del ambiente para satisfacer las necesidades y las
aspiraciones de vida de las generaciones futuras. Por ende, propugna que la
utilización de los bienes ambientales para el consumo no se “financien”
incurriendo en “deudas” sociales para el porvenir. (Énfasis agregado)
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14. (…)
Como se aprecia, la perspectiva del desarrollo sostenible busca equilibrar el
esquema de la economía social de mercado con el derecho a vivir en un ambiente
equilibrado y adecuado. Es una maximización de las ganancias o utilidad frente a
la calidad del entorno que sufre el desgaste de la actividad económica. En tal
sentido, con el principio sostenibilidad (artículo V de la Ley General del
Ambiente) se pretende modular esta actividad económica a la preservación del
452 Tribunal Constitucional Pleno Jurisdiccional 0048-2004-PI/TC
Disponible en: http://www.justiciaviva.org.pe/jurispu/regaliasmineras.htm
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