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METODOLOGÍA PARA CARACTERIZAR VIVIENDA DESHABITADA EN CONTEXTOS METROPOLITANOS
EL CASO DE TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS
• Construir el proceso de captura y organización de la información en un manejador de base
de datos (programa estadístico) que permita el análisis adecuado y oportuno de los datos
con técnica de análisis estadístico.
ALCANCES
• La presente guía metodológica está dirigida al personal operativo de campo (entrevistador,
supervisor o validador), que tiene como propósito recoger, revisar, organizar y capturar en
un manejador de base de datos la información de fuentes primarias para posteriormente
interpretarla con la técnica de análisis estadístico.
PERFIL DEL OPERADOR EN CAMPO
• Ser honesto consigo mismo, con atributos positivos y virtuosos, tales como la integridad, la
sinceridad y la honradez para asegurar la calidad del trabajo (sin sesgo).
• Conocer el proceso metodológico que implica el acopio de información de fuentes prima-
rias con instrumentos cuanticualitativos en campo.
• Respetar la idiosincrasia de la población y las opiniones vertidas en el proceso de acopio
de información.
• Ser motivador, dinámico y saber escuchar.
• Ser responsable y comprometido con su trabajo.
• Ser facilitador de la equidad de género, es decir, brindar igualdad de oportunidades de
participación tanto a varones como a mujeres.
• Tener el deseo de superación y aprendizaje dirigido.
6.4 CONTEXTO LEGAL Y TEÓRICO CONCEPTUAL DE LA METODOLOGÍA
6.4.1 CONTEXTO LEGAL
El contexto legal se encuentra en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
artículo 3, fracción V:
Además de impartir la educación preescolar, primaria, secundaria y media su-
perior, señaladas en el primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá to-
dos los tipos y modalidades educativos incluyendo la educación inicial y a
la educación superior necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la
investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de
nuestra cultura (énfasis añadido).
Asimismo, encuentra su fundamento en lo dispuesto por la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT,
Art. 23-27), la cual tiene como objeto lo siguiente:
Regular los apoyos del gobierno federal (…), determinar los instrumentos (…) y
establecer los mecanismos de coordinación de acciones entre dependencias y
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