Page 29 - El État de los derechos humanos en el desarrollo sostenible
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EL ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE












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                  Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas de 2007 . Por su parte, el Convenio nº
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                  169 de la OIT ha sido ratificado por la mayoría de Estados de la región , que han integrado
                  y  desarrollado  las  disposiciones  contenidas  en  el  mismo  en  sus  constituciones  y  en  otros

                  textos legislativos. Asimismo, y a pesar de su naturaleza no vinculante, los principios de la

                  Declaración de las Naciones Unidas de 2007 han sido también adoptados por la mayor parte
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                  de las legislaciones de América Latina . Por tanto, estos derechos forman parte del cuerpo
                  legislativo que todo actor con presencia en el respectivo territorio nacional ha de conocer y

                  respetar, y que cualquier tribunal, con independencia de su naturaleza, debe interpretar  y
                  aplicar.


                  A  pesar  de  esta  protección,  los  pueblos  indígenas  son  a  menudo  víctimas  de  las  (malas)

                  prácticas de las industrias extractivas, la construcción de infraestructuras o los proyectos de

                  generación de energía que, protegidos bajo las cláusulas de los acuerdos internacionales de






                  20  Véase, especialmente, en el Convenio de la OIT nº 169 de 1989, los artículos 13 a 19 sobre derechos de
                  propiedad y acceso a la tierra, y artículos 6, 15 y 17 sobre el derecho a la consulta previa, libre e informada; y en
                  la
                  Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas de 2007, los artículos 8, 10, 25 a
                  30 y 32 sobre propiedad y acceso a la tierra, y artículos 19, 32 y 38 sobre el derecho de consulta previa, libre e
                  informada.
                  21  Estos Estados son: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, Guatemala,
                  Honduras, México, Nicaragua, Paraguay, Perú y Venezuela. La relación de todas las ratificaciones del Convenio
                  nº 169 de la OIT está disponible en:
                  http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:11300:0::NO::P11300_INSTRUMENT_ID:312314
                  (última visita: 29/10/2017)
                  22   AGUILAR,  G.;  LAFOSSE.  S;  ROJAS,  H.  y  STEWARD,  R.  “Análisis  comparado  del  reconocimiento
                  constitucional de los pueblos indígenas en América Latina”, Conflict Prevention and Peace Forum, diciembre de
                  2010, pág. 1, disponible en:
                   http://www.redunitas.org/ANALISIS%20CONSTITUCIONAL%20COMPARADO%20PPII.pdf         (última
                  visita: 29/10/2017)












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