Page 24 - El État de los derechos humanos en el desarrollo sostenible
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EL ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE












                  Por  otro  lado,  el  régimen  de  comercio  trabaja  bajo  la  lógica  de  maximización  de  ganancias.  Las
                  empresas  buscan  maximizar  la  productividad  y  el  mercado  tiende  a  encontrar  la  distribución  más

                  efectiva de los recursos. En este régimen, las normas sustantivas están destinadas a otorgar mayor
                  libertad  de  comercio  y  maximizar  los  réditos.  Las  actividades  son  limitadas  únicamente  por  leyes

                  estatales encaminadas a corregir fallas de mercado, internalización de costos, asegurar competencia y
                  estabilidad  de  un  libre  mercado.  El  régimen de  comercio  reproduce  la división de  ente  público  y

                  privado, coloca a los actores privados como motores centrales.

                  El  contraste  de  ambos  regímenes  es  evidente  tanto  en  sus  aspiraciones  de  justicia  como  en  sus

                  expectativas pragmáticas. Mientras que los derechos humanos esperan que los Estados asuman el rol
                  principal  para  construir  una  utopía  basada  en  la  dignidad  humana,  el  régimen  de  comercio

                  internacional espera que los Estados retrocedan y permitan que la iniciativa privada tome el liderazgo
                  hacia una utopía basada en la máxima eficiencia de recursos.


                  Es importante que el activismo mantenga presente esta distinción. En la medida en que sus esfuerzos
                  se concentren únicamente en capturar el poder estatal para imponer obligaciones sobre empresas, su

                  capacidad para perseguir justicia estará limitada a la capacidad real de los entes estatales para regular a
                  actores  económicos.  Mientras  el  mundo  persiga  una  política  económica  que  atribuya  mayor

                  prevalencia al mercado que al Estado, esta posición será cada vez más arriesgada.


                  Sin  embargo,  el  riesgo  más  importante  tiene  que  ver  con  las  oportunidades  que  se  dejan  pasar,
                  particularmente mediante la codificación de un tratado. La adopción de un instrumento vinculante

                  sobre derechos humanos es un acto intrínsecamente Estatal y por lo tanto, a pesar de su contenido,
                  perpetuaría la división público/privado que protege a las empresas de intervenciones públicas (y por

                  lo tanto de aspiraciones de derechos humanos). Abstrayendo la carga moral que implica una violación
                  de derechos, una violación a un Tratado seguiría siendo una violación de un Estado  – no de una
                  empresa –.














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