Page 25 - El État de los derechos humanos en el desarrollo sostenible
P. 25

EL ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE












                  La discusión sobre las obligaciones de derechos humanos de las empresas ha puesto en evidencia la
                  insuficiencia de este esquema para hacer frente a problemáticas de las sociedades globales modernas.

                  La  vitalidad  del  debate  encabezado  por  el  activismo  de  derechos  humanos  ha  generado  una
                  posibilidad de repensar los principios e instituciones del orden global. Concluir la discusión mediante

                  un Tratado, en mi opinión, sería crear una herramienta fundamentalmente idéntica a los conceptos y
                  técnicas desarrolladas bajo el modelo que ya existe. Se perdería una oportunidad de iniciar un cambio

                  más radical.

                  Entre las ideas que se han avanzado, una propuesta innovadora que toma un paso en este sentido, es

                  la  idea  de  crear  un  modelo  de  arbitraje  basado  en  normas  de  derechos  humanos  dentro  de  las
                                                                    14
                  estructuras propias del derecho comercial internacional.  Ahora bien, cabe reconocer que esta idea
                  no está exenta de peligros. Cuestionar la capacidad de los Estados para enfrentar esta problemática y
                  avanzar hacia un modelo de arbitraje colocaría al activismo de derechos humanos en un territorio

                  dominado por principios y estándares comerciales. Es imposible predecir qué efectos tendría este paso
                  respecto  del  régimen  de  derechos  humanos  y  si  sería  una  solución  satisfactoria  respecto  de  las

                  expectativas de justicia de los activistas. Sin embargo, en tanto que daría un paso para difuminar la
                  división artificial entre la esfera pública y privada, podría impulsar hacia la construcción de soluciones

                  que sean más congruentes con la realidad global actual.

                  Las  empresas  transnacionales,  en  muchas  ocasiones,  son  capaces  de  ejercer  más  poder  que  los

                  Estados. Esta realidad ha conseguido que sus actividades económicas detonen efectos de gobernanza
                  con impacto directo en los derechos humanos. Para el activismo, es claro que es momento de dar

                  agencia  a  las  empresas  en  el  ámbito  internacional,  y  si  es  así,  tal  vez  ya  no  sea  necesario  “pedir
                  permiso” a los Estados.




                  14
                    Vease, Claes Constredt et al, An International Arbitration Tribunal On Business And
                  Human Rights, Version 5  (2015) (available at: http://www.l4bb.org/news/TribunalV5B.pdf)











                                                            27
   20   21   22   23   24   25   26   27   28   29   30