Page 28 - El État de los derechos humanos en las relaciones familiares
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ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS RELACIONES FAMILIARES
derechos. Y con relación a las parejas del mismo sexo, en Sentencia C 336 de 2008 expresa
que si bien sus derechos no están establecidos de forma expresa, no por ello significa que
puedan ser desconocidos, por cuanto la diversidad sexual está claramente protegida a
nivel constitucional.
3. LA FAMILIA COMO NÚCLEO FUNDAMENTAL DE LA SOCIEDAD Y SU
AVANCE HACIA UNA FAMILIA PLURALISTA:
Dentro de los derechos consagrados en nuestra Constitución Política de 1991 se
encuentra previsto en el artículo 42 el derecho a la familia como derecho social,
económico y cultural. Al respecto se expresa que esta se constituye por “vínculos naturales o
jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad
responsable de conformarla”. Protección de la familia que debe ser garantizada por el Estado y
la sociedad. Y en el artículo 43 de la Carta magna se prevé que la mujer y el hombre tendrán
iguales derechos y oportunidades.
Precisamente, son estos conceptos los que han sido objeto de debate con relación a las
parejas del mismo sexo, ya que debido a las transformaciones sociales, el concepto de
familia y su conformación ha cambiado, ha dejado de ser solo aquella conformada por un
hombre y una mujer, para constituirse en una familia pluralista, porque “Los lazos
familiares están fundados por la solidaridad, manifestaciones de afecto, socorro y ayuda mutua,
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