Page 92 - El État de los derechos humanos en las relaciones familiares
P. 92

ÉTAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS RELACIONES FAMILIARES












                                                                 37
                  podemos  señalar  :    Utiliza  el  término  “menor” ,  Impone  obligaciones  a  algunos  actores;
                  padres, maestros, tutores, autoridades, Las obligaciones están vagamente formuladas, dejando

                  un gran margen a la interpretación del agente encargado de proteger “ al menor “, No se

                  cumple con los derechos de la Convención , por ejemplo, no se reconoce el derecho de las

                  niñas y los niños a expresar su opinión, , puede reconocer derechos, pero no hay un medio
                  para exigir su reparación en caso de vulneración, puede tratarse de una ley con un catalogo

                  amplio de derechos, pero no se establecen los medios para niñas y niños puedan hacerlos

                  efectivos, bien porque no hay un mecanismo, por la ausencia de la instancia correspondiente
                  o porque no es accesible, presupone que “ el menor “ se encuentra dentro del ámbito privado

                  y, por lo tanto el Estado no tiene más que una pequeña intervención en la garantía de los

                  derechos .
                                                      38
                   b)- Modelo  Convencional garantista  ,  introducido por la Convención sobre los Derechos
                  del Niño, y que precisamente significa una ruptura, con el  modelo minorista privatista,  sus

                  características son : Utiliza  los termino “ Niñas, niños y  adolescentes “ , o genéricamente

                  “niño”, en ocasiones se utiliza la palabra “ Infancia “ para hacer referencia a los derechos
                  colectivos, Reconoce derechos de niñas y niños e identifica  las obligaciones correlativas a los

                  derechos y a los sujetos obligados, Los alcances de los derechos están claramente delimitados,

                  especialmente los limites al ejercicio de las obligaciones correlativas, Recoge los derechos de
                  la Convención y otros tratados internacionales en materia de derechos humanos: recoge los

                  principios identificados por el Comité y desarrolla la forma de interpretarlos y aplicarlos, Se

                  contempla un mecanismo accesible, así como las obligaciones y procedimientos concretos en

                  37  González Contro Mónica, Derechos del niño: Una propuesta de fundamentación p. 15-22. Unam. Instituto
                  de investigaciones jurídicas  2008

                  38  Idem p 45-50












                                                            94
   87   88   89   90   91   92   93   94   95   96   97