Page 94 - El État de los derechos humanos en las relaciones familiares
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ÉTAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS RELACIONES FAMILIARES












                  un valor, defender a capa y espada que las niñas niños y adolescentes tengan y puedan ejercer
                  ese derecho a conocer sus derechos y a defender sus derechos el principio de no discriminación

                  que va de la mano al principio de la igualdad el principio de opinión y participación. y quizá

                  un tema  de vital importancia respecto del trabajo de  armonización  y aplicación de las leyes

                  estatales  en materia de niñez.
                  El principio de Interés superior del niño,   el cual ha sido recogido del derecho internacional,

                  representa el principio rector  de los derechos del niño,  en México, nuestra Carta Magna  lo

                  establece  en  su  numeral    4º,  y  a  partir  del  año  2015  ha  comenzado  a    incluirse  en    las
                  legislaturas de todos los Estados de la República mexicana en sus leyes estatales de protección

                  de  niñas  niños  y  adolescentes.  El  Principio  superior  del  niño  es  un  principio  normativo

                  implícito en la regulación constitucional de los derechos del niño, ha sido apoyado por la

                  Suprema Corte de Justicia de la Nación  al sostener que “En términos del artículo 4º. De la
                  Constitución  Política  de  los  Estados  Unidos  mexicanos,  3º.  De  la  Convención  sobre  los

                  derechos del niño, y 1º, 2º, 3º, 6º, y demás relativos de la Ley general de las niñas, niños y

                  adolescentes  de  aplicación  federal  y  por  tanto  los  tribunales    Federales  y  estatales  deben
                  atender  primordialmente  al  interés  superior  del  niño,  en  todas  las  medidas  que  tomen

                  concernientes a estos, por lo que la importancia de tomar  en cuenta el interés superior del

                  niño que implica entre otras cosas  considerar aspectos tales como garantizar y proteger su
                  desarrollo, el ejercicio  pleno de sus derechos , como criterios rectores para la elaboración de

                  normas de aplicación en todos los órdenes relativos a la vida del niño, niña y adolescentes.

                  De conformidad con lo establecido en el texto de las leyes de las niñas, niños y adolescentes.
                  El Comité para los derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) con

                  sede en Ginebra, ha señalado que “ El principio de interés superior del niño se aplica a todas















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