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ÉTAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS RELACIONES FAMILIARES












                  la investigación realizada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos la cual concluyó
                  en  un  Informe  Especial  publicado  en  el  año  2001  conjuntamente  con  la  recomendación

                  26/2001  e  igualmente  fue  una  de  las  averiguaciones  previas  investigadas  por  la  Fiscalía

                  Especial  creada  en  la  transición  democrática  con  el  fin  –no  alcanzado–  de  aclarar  los

                  crímenes del pasado. Dicha fiscalía fue cerrada de forma inesperada el 30 de noviembre de
                  2006. Actualmente las investigaciones radican en la Coordinación General de Investigación

                  dependiente de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales de la

                  Procuraduría General de la República.


                  El Estado mexicano tuvo la oportunidad de hacer justicia en el presente caso pues en agosto

                  de  2005  la  Fiscalía  Especial  consignó  el  caso  por  privación  ilegal  de  la  libertad  en  su
                  modalidad  de  plagio  o  secuestro  al  juez  civil;  sin  embargo  el  proceso  fue  llevado  ante  la

                  justicia  militar  con  base  en  la  resolución  de  la  propia  justicia  civil.  Los  representantes

                  interpusieron una demanda de amparo en contra de dicha resolución, la cual fue desechada

                  arguyendo que las víctimas no pueden recurrir al amparo para impugnar la competencia de
                  los  tribunales  militares.  La  causa  penal  seguida  en  la  jurisdicción  militar  en  contra  del

                  inculpado se sobreseyó dado el fallecimiento del procesado.


                  Ante la falta de respuesta por parte del Estado mexicano, el 15 de noviembre de 2001 se

                  presentó  el  caso  ante  la  Comisión  Interamericana  de  Derechos  Humanos  (CIDH).  Tras

                  sostener una  audiencia pública sobre  admisibilidad  del caso el 21 de octubre  de  2004, la

                  CIDH emitió el informe de admisibilidad No. 65/05 el 12 de octubre de 2005. El 27 de julio
                  de 2007, durante su 128 Periodo Ordinario de Sesiones, la CIDH consideró las posiciones

                  de las partes y aprobó el informe de fondo número 60/07, de conformidad con el artículo 50














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