Page 35 - El État de los derechos humanos en las relaciones familiares
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ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS RELACIONES FAMILIARES
en sentencia T 274 de 2008: “la orientación sexual de las personas privadas de su libertad, no
constituye una justificación razonable y proporcional a la luz de la Constitución y las leyes, para
impedir la visita íntima”, por tanto es un derecho que se les debe garantizar. Posición que se
corrobora en la sentencia T 372 de 2013.
4.8. Derecho a alimentos: En el año 2008 la Corte refiere a la obligación alimentaria
entre parejas del mismo sexo, indicando que este es un deber y un derecho que se
extiende también entre compañeros permanentes del mismo sexo, según sentencia C 798
de 2008.
4.9. Derecho de adopción: Este ha sido un tema de debate en el máximo tribunal de lo
constitucional, en donde se pasó de negar el derecho de adopción para las parejas del
mismo sexo, a luego permitirse solo en algunos casos como la adopción individual, luego
en la adopción biológica o complementaria y posteriormente, en la adopción conjunta,
permitida en el año 2015.
Las razones iniciales para su negativa según lo expresado no fueron razones de
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homosexualidad, sino razones objetivas . Posteriormente la Corte aduce que la adopción
permite que quienes no son padres o madres por naturaleza lleguen a serlo en virtud de
un parentesco civil, y su objetivo central es proteger al menor, razón por la cual se niega
este derecho para parejas homosexuales, estableciendo que solo puede adoptar hombre y
mujer, sin que haya lugar a discriminación alguna, pues el fin central es proteger la noción
de familia prevista en la constitución . No obstante, ya en la sentencia T 276 de 2012 se
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21 CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia T 290 de 1995. M.P. Carlos Gaviria Díaz
22 CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia C 814 de 2001. M.P. Marco Gerardo Monroy
Cabra.
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