Page 242 - El État de los derechos humanos en el desarrollo sostenible
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EL ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE












                  más importante para el Derecho marítimo privado y público son los convenios marítimos
                  internacionales  de  Derecho  uniforme,  cuya  mayor  jerarquía  normativa  comporta  la

                  prevalencia  de  sus  disposiciones  frente  a  las  normas  de  origen  interno  en  el  caso  de

                  contradicción. Por su relevancia en relación al ODS14, España destaca como Estado parte de

                  todos los convenios de la OMI, del CMI y de la OIT. En este sentido, las normas obligatorias
                  de conducta que rigen el mar, los espacios marítimos y las relaciones jurídicas que en él se

                  desarrollan son especiales porque tienen vocación de uniformidad. Conviene recordar que

                  los  convenios  marítimos  vigentes  en  España  no  sólo  despliegan  la  eficacia  normativa
                  correspondiente a su mayor rango, como se ha señalado, sino que la regulación contenida en

                  ellos ha de ser tenida en cuenta para la interpretación de las normas de la LNM (art. 2.2

                  LNM).  Asimismo,  como  Estado  de  la  Unión  Europea,  el  Derecho  de  la  Unión  prevalece

                  sobre las normas de origen interno en caso de contradicción.


                  La  legislación  marítima  española  comprende  una  serie  de  leyes  y  numerosos  reglamentos,

                  siendo la primera fuente la LNM (de la que nos interesa en primer lugar, por su incidencia
                  en el ODS14, el  Título I: De la ordenación administrativa de la navegación, arts. 4 a 55

                  LNM). La Ley complementaria más importante es la LPEMM cuyas normas son de naturaleza

                  administrativa  (si  bien  algunas  inciden  en  la  responsabilidad  de  los  armadores  y  otros
                  empresarios de la navegación). Otra Ley complementaria de importancia para la consecución

                  del ODS14 es la Ley 22/1988, de Costas (BOE, núm., 181, de 29 de julio) (en adelante, Ley

                  de Costas), y su Reglamento (Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre de 2014; BOE, núm.

                  247, de 11 de octubre de 2014) (en adelante, RD 876/2004), que contiene determinadas
                  normas que inciden en la navegación por el dominio público marítimo-terrestre).















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