Page 244 - El État de los derechos humanos en el desarrollo sostenible
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EL ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE












                  Una vez presentado el régimen general del Derecho de la navegación marítima aplicable en
                  España, es preciso referirse a los espacios de la navegación en los que tienen lugar una serie

                  de  aspectos  regulados  que  son  relevantes  en  el  logro  del  ODS14.  Entre  los  mismos  se

                                                                                302
                  encuentran los espacios de la navegación, la seguridad marítima , la protección del medio
                  ambiente marítimo, la inspección y certificación de buques, y la regulación internacional del
                  mercado  de  transporte  marítimo.  La  limitada  extensión  de  estas  páginas  obliga  centrar  la

                  atención en dos: los espacios de la navegación marítima y a la protección del medio ambiente

                  marítimo.


                  1.1.   Los espacios de la navegación marítima


                  La regulación de los espacios de la navegación conecta directamente con la conservación y
                  utilización sostenible prevista por el ODS14. España es Estado parte de la CNUDMAR de

                  modo  que  todas  sus  disposiciones  son  directamente  aplicables.  Las  prescripciones  de  la

                  CNUDMAR vienen complementadas por algunas leyes especiales que delimitan y establecen
                  el régimen jurídico de los espacios marítimos españoles, esto es, las aguas interiores, el mar

                  territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental. Por su

                  parte,  la  LNM,  y  en  menor  medida,  la  LPEMM  y  la  Ley  de  Costas,  contienen  normas

                  adicionales reguladoras de la navegación marítima por los referidos espacios. Así, la Ley de
                  Costas parte de la base de que la utilización del dominio público marítimo-terrestre y, en

                  todo caso, del mar y su ribera, será libre, pública y gratuita para los usos comunes y acordes


                  302   España  es  Estado  parte  del  Convenio  SOLAS  (Instrumento  de  ratificación  de  16  de  agosto  de  1978,
                  publicado en BOE, núms. 144 a 146, de 16 a 18 de junio de 1980; c.e. en BOE, núm. 221, de 13 de septiembre,
                  y BOE, núm. 65, de 17 de marzo de 1983), así como de su Protocolo de 1988 (Instrumento de adhesión de 7 de
                  diciembre de 1994, publicado en BOE, núm. 234, de 30 de septiembre de 1999; c.e. en BOE, núm. 294, de 9
                  de diciembre de 1999).












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