Page 42 - El État de los derechos humanos en el desarrollo sostenible
P. 42
EL ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE
1.3 EL CASO DE COLOMBIA Y DE EL SALVADOR
El gobierno de Colombia ha sido por primera vez demandado ante el CIADI, debido a la
prohibición por parte de la Corte Constitucional de la explotación minera en los páramos.
Esta decisión fue tomada, dada la fragilidad de estos ecosistemas que actúan como esponjas o
fábricas de agua, que alimentan los ríos y lagos fuente de vida y de alimentación de varias
comunidades aledañas a las montañas. Esta reciente decisión del 2016 (Corte Constitucional
de Colombia, 2016) pone en relieve la preponderancia del derecho humano al agua sobre el
desarrollo minero, puesto que este derecho humano impone una obligación positiva al
Estado quien debe impedir la contaminación de recursos de agua con el fin de poder
garantizar el acceso a un agua de calidad y al mismo tiempo, de proteger el derecho a un
ambiente sano para todos. Como consecuencia de este pronunciamiento de la Corte
constitucional que tiende a proteger los páramos de la minería, cerca de 473 licencias de
explotación minera fueron suspendidas en Colombia, afectando tanto empresas nacionales
como multinacionales, particularmente la empresa canadiense Eco Oro. Esta minera, el 29 de
diciembre de 2016 presenta una demanda contra Colombia ante el CIADI, solicitando la
protección del tratado de libre comercio entre Canadá y Colombia (Eco oro Minerlas Corp. c.
Republic of Colombia ARB/16/41).
Seguramente invocaran la expropiación indirecta (art. 811 del tratado de libre comercio
Canadá-Colombia), pero ante un tratado que no la define como tal, nos preguntamos si fuera
posible considerar la reciente definición de la misma que ha sido clarificada en el tratado
Canada-Union Europea. En este sentido, se podría decir que Colombia, y más
particularmente la Corte Constitucional de este país, deseando proteger el medioambiente y
los recursos hídricos, y viéndose obligada a aplicar el bloque constitucional compuesto por
los tratados internacionales relacionados a los derechos humanos fundamentales que se han
ratificado por el país, tuteló el derecho humano al agua y a un medio ambiente sano. De esta
manera, la Corte cumple con las obligaciones internacionales y nacionales en materia de
derechos humanos. No creo que se pueda avanzar que el Estado o la Corte actuaron con
44