Page 142 - Transferencia de conocimiento y sistemas de innovación para el desarrollo sustentable
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TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO
Y SISTEMAS DE INNOVACIÓN PARA EL
DESARROLLO SUSTENTABLE
se intenta resolver dentro de los acuerdos internacionales y organismos intergubernamentales.
Hasta aquí ya se tienen elementos para determinar lo complicado que resulta frenar las emi-
siones de GEI y los riesgos. No obstante, pese a lo alarmante del panorama global, algunas
regiones o países son más vulnerables que otros, lo que también se aplica a ciertos sectores
más que a otros.
Para el IPCC la vulnerabilidad climática debe ser entendida como “la propensión o predisposi-
ción a verse afectado negativamente […] incluyendo la sensibilidad o susceptibilidad al daño y
la falta de capacidad para hacerle frente y adaptarse” (2014, p. 5). Por lo tanto, la vulnerabilidad
se mide en cuanto a probabilidad de impacto, la capacidad de respuesta y el rango de toleran-
cia. Evidentemente, los componentes no son mutuamente excluyentes ni necesariamente se
es vulnerable en los tres sentidos. Este dato será de utilidad cuando se vea la cooperación en
los acuerdos internacionales.
Según Beck, una vez que se identifican los riesgos globales –en este caso los climáticos–,
se presenta la necesidad de establecer y construir, en primer lugar, regímenes, instituciones,
tratados y acuerdos de cooperación internacional para su manejo. En el mismo sentido, Arjan
Ruis señala que “el cambio climático es un problema de contaminación global y, por lo tanto, la
regulación de este mal público requiere de instituciones internacionales”. Así, bajo este tipo de
fundamentos es que desde los 90 se construyó el régimen internacional del cambio climático.
EL MANEJO DEL CAMBIO CLIMÁTICO Y LOS RIESGOS AMBIENTALES
EN EL SISTEMA INTERNACIONAL
El cambio climático, por sus propias características –biológicas, sociales, económicas y me-
teorológicas– puede ser abordado por diferentes disciplinas científicas, pero en este trabajo
interesa analizar el enfoque de las Relaciones Internacionales porque su manejo se encuentra
en manos de los regímenes internacionales. En este sentido, resulta interesante analizar los
argumentos que lo justifican.
No todos los problemas son de incumbencia internacional ni todos se pueden resolver por esta
vía. Sin embargo, con el cambio climático y sus riesgos, se tienen más de un argumento:
Por ser un problema que afecta a una gran parte de la población mundial, que impacta a un
grupo de países, atraviesa fronteras, supera la capacidad de respuesta de un Estado y porque
genera diferentes posturas para su manejo, el cambio climático reúne todas las condiciones
para ingresar como un tema de la Agenda Internacional (Fluvio, 2001).
Por su condición de mal público global –cuyas externalidades negativas se difunden indivisi-
blemente por el todo el planeta–, los gobiernos son facultados para gestionarlos y resolverlos
a través de regulaciones y normas que obliguen su cumplimiento. Sin embargo, como en el
sistema internacional no se tiene un gobierno supranacional, los regímenes internacionales, a
través de acuerdos, normas, principios y objetivos se encargan de solucionarlo.
Aunque el cambio climático genera riesgo que no se pueden predecir al cien por ciento, sus
impactos y consecuencias amenazan, directa e indirectamente, la soberanía, el interés na-
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