Page 126 - El État de los derechos humanos en las relaciones familiares
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ÉTAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS RELACIONES FAMILIARES
3.2 Privilegios
Los deberes que surgen de la responsabilidad parental generan, a su vez, privilegios a favor de
sus titulares. En este caso, el privilegio consiste en el derecho oponible por los padres contra
otros adultos o el Estado (no contra los niños), a que se respete (no interfiera) en el ejercicio
de sus deberes parentales preferentes.
La conceptualización de los deberes o responsabilidades parentales como un set de
obligaciones legales de las que se deriva un privilegio captura de mejor manera el uso de la
expresión “derecho”, cuando ella es utilizada para describir aquello que los padres poseen en
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relación a terceros o el Estado . Aun cuando una forma adicional de comprender la
acepción de la expresión “derecho” en este caso, sea la de describir la posición o poder de los
adultos responsables como una “autoridad” (con la consecuente responsabilidad derivada del
incumplimiento) y/o como una inmunidad (en términos de ser oponible frente a la
intervención del Estado o de terceros, salvo en las hipótesis de daño a los derechos del
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niño) . Sea cual sea el caso, el punto central acá radica en advertir el uso de la expresión
exigidos en su contra. Mientras el incumplimiento de un deber parental genera una consecuencia jurídica (que
incluso puede llegar a la supresión de sus privilegios parentales), el incumplimiento de deberes de obediencia
por parte de un niño y en relación a sus padres, no genera consecuencia jurídica alguna.
80 En un sentido similar, cfr. el capítulo de John Eekelaar en este libro.
81 Cfr. HOHFELD W. Fundamental Legal Conceptions as Applied in Judicial Reasoning, Yale Law School
Faculty Scholarship, 1917. Disponible en:
[http://digitalcommons.law.yale.edu/cgi/viewcontent.cgi?article=5383&context=fss_papers] [fecha de consulta:
9 de mayo de 2016].
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