Page 130 - El État de los derechos humanos en el desarrollo sostenible
P. 130

EL ETAT DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE












                   Delimitación de competencias en torno a los SIEG


                  El  examen  de  las  tensiones  que  han  experimentado  las  relaciones  entre  los  Estados

                  Miembros y la Unión con respecto a sus competencias frente a los SIEG han sido un tema

                  recurrente  en  la  doctrina  nacional  (Maralet  García:  2003)  (Fernández  García:2004):  La

                  importancia de este tipo de actividades y su vinculación con varios bienes jurídicos, derivan
                  en una correlativa delimitación de las competencias de las instancias de poder con interés

                  en la materia, sin que tal definición sea un asunto resuelto de manera absoluta, ni pacífica:

                  se  trata  de  un  tema  abierto  a  debate  que  refleja  muy  bien  la  proverbial  pugna  entre  las
                  instancias de poder, comunitario y nacional, por deslindar el ejercicio de sus competencias

                  (Prosser: 2005, 156).

                  En  este  escenario  concreto,  la  Comisión  se  muestra  muy  proclive  a  definir  un  marco

                  jurídico común de referencia, cuyo alcance varía, primero, en función al sector de que se

                  trate, toda vez que sí se constata la presencia de un interés comunitario en la provisión del
                  servicio, su definición y organización, así como su financiación, competen a la Unión  y,
                                                                                                     118
                  segundo, a medida que se profundiza en las condiciones de integración económica y política

                  en la Unión y  se verifican las  sensibilidades políticas  de los Estados miembros  sobre  los

                  distintos  aspectos  que  integran  el  régimen  jurídico  de  los  servicios  de  interés  general



                   véase  también  el  auto  del  Presidente  del  Tribunal  de  Primera  Instancia  de  28  de  mayo  de  2001,  Poste
                   Italiane/Comisión, T 53/01 R, Rec. p. II 1479, apartado 132).” TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN
                   EUROPEA. Sentencia de 22 de octubre de 2008. Asuntos acumulados T 309/04, T 317/04, T329/04 y T
                   336/04, (apartado 102)
                  118  Este es el caso de las comunicaciones electrónicas y de otros servicios de interés económico general
                  de los denominados de territorio o de red, tales como, la electricidad, servicios postales, gas, etc.













                                                           132
   125   126   127   128   129   130   131   132   133   134   135